Sentencia del Tribunal Constitucional sobre los certificados de Profesionalidad Online ¿Y ahora qué?

Tania Cañas

Dtora. De Comunicación

Este miércoles 19 de julio se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la resolución adoptada por el Tribunal Constitucional ante el recurso interpuesto por el Gobierno de Cataluña en relación con la Ley 30/2015 de 9 de septiembre que regula en el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Como resultado de esta sentencia, se anulan los preceptos legales que atribuyen a la Administración del Estado el ejercicio de las competencias ejecutivas en tres temas fundamentales:

  1. Entidades formativas que imparten formación en modalidad teleformación cuando los centros presenciales se encuentran localizados en más de una Comunidad Autónoma.
  2. Las entidades formativas que actúan a través de centros móviles, también cuando lo hacen en más de una comunidad.
  3. Y por último, aquellas entidades que dispusieran de instalaciones y recursos formativos permanentes en más de una comunidad autónoma.

Tal como se explica en la publicación en el BOE del 19 de julio, “aunque el fenómeno objeto de las competencias autonómicas se extienda a lo largo del territorio de más de una Comunidad Autónoma, ello no implica la pérdida autonómica de la competencia a favor del Estado, pues ello supondría un empleo del principio de supraterritorialidad impropio”.

A partir de esta resolución, todas las funciones ejecutivas anteriormente detalladas de los centros de formación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, quedan en manos de la Generalitat, aun cuando el centro tenga instalaciones en otras comunidades. Esto afecta de pleno a los Certificados de Profesionalidad en modalidad de teleformación y en todas las autonomías.

Desde el día de ayer, se puede ya ver publicado en la web del Servicio Público de Empleo Estatal, que solo podrán presentarse a través de su portal solicitudes de acreditación de entidades que tengan sus sedes presenciales en Ceuta y Melilla.

Tendremos que esperar a después de las vacaciones para ver cómo será la nueva normativa que regule todo esto, aunque cuesta pensar que en un sistema de Teleformación dónde se tiende cada vez más a la globalización y procedimientos comunes para proteger el derecho de las personas de acceso a la formación, volvamos a formas de trabajo locales, máxime hablando de una modalidad de formación basada en la ruptura de barreras espaciales y temporales.

 

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